16 de December de 2014 By webmastergafic

Modificaciones módulos 2016

Les presentamos las nuevas modificaciones para las personas físicas que tributen en Estimación Objetiva (Módulos) para el ejercicio 2016.

IRPF

Excluidos los que el año anterior supere cualquiera las magnitudes siguientes:
– 150.000 euros de facturación. Comprende todas las actividades económicas (no agrícolas, ganaderas ni forestales). Computa todo, con independencia de la obligación o no de expedir factura.

En relación a las operaciones con obligación de expedir factura el límite es 75.000 euros anuales.
250.000 euros por el conjunto de las actividades agrícolas, ganaderas o forestales.
Tampoco se puede superar un volumen de compras de 150.000 (excluidas las facturas de Inmovilizado)
Excluidas actividades división 3,4,5 de la sección primera IAE, a las que sea de aplicación la retención de 1%. (Carpintería, cerrajería, pintura, construcción, electricistas …).
Todo esto es aplicable a partir del 1 de enero de 2016.

IVA

Régimen simplificado (Módulos)
Con efectos a partir de 1 de enero de 2016, se reducen los límites que permiten al contribuyente optar por este régimen:
El volumen de ingresos en el año inmediato anterior para el conjunto de sus actividades disminuye de 450.000 a 150.000 euros, aunque se excluyen del cómputo las actividades agrícolas, forestales y ganaderas, cuyo límite pasa de 300.000 a 250.000 euros.
Las adquisiciones e importaciones de bienes y servicios en el año inmediato anterior para el conjunto de sus actividades, excluidas las relativas al inmovilizado, disminuye de 300.000 a 150.000 euros.

Régimen especial de la agricultura, ganadería y pesca.
Se excluye de su ámbito subjetivo de aplicación a los propietarios de fincas o explotaciones que cedan el aprovechamiento de la resina de los pinos mientras que se incluye al resinero persona física.
Con efectos a partir de 1 de enero de 2016, se reducen los límites que permiten optar por este régimen: las adquisiciones e importaciones de bienes y servicios en el año inmediato anterior para el conjunto de actividades, excluidas las relativas al inmovilizado, disminuye de 300.000 a 150.000 euros.

Puede realizarlos consultas al respecto si lo desea,

GAFIC, SLP
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