16 de November de 2015 By webmastergafic

Bonificación cotización seguridad social personal investigador R + D + I

¿Qué se obtiene?

El 40% en las aportaciones empresariales a las cuotas de la Seguridad Social por contingencias comunes respecto del personal investigador.

Objetivo:

Deducción fiscal de los gastos incurridos en la obtención de nuevos productos o procesos, así como en la mejora sustancial de los mismos. La bonificación de las aportaciones empresariales a las cuotas de la Seguridad Social por contingencias comunes, aplicable al personal INVESTIGADOR contratado dentro de los grupos 1, 2, 3 y 4 de cotización en el Régimen General.

Beneficiarios:

Empresas con personal investigador contratado que realicen proyectos de I+D+i en exclusiva (pudiendo dedicar hasta un 15% del tiempo en tareas de formación, divulgación o similares, relacionadas con los proyectos).

Plazo:

A partir de 1 de Enero de 2015.

Observaciones:

La bonificación es plenamente compatible con la deducción fiscal por I+D+I siempre que se trate de personal diferente dentro de la misma empresa. Para aquellas pymes consideras por el MINECO como Pyme Innovadora puede ser incluso el mismo personal

COMPATIBILIDAD CON DEDUCCIONES FISCALES:

Las Bonificaciones serán plenamente compatibles con las Deducciones Fiscales por I+D+i siempre y cuando se trate de personal diferente dentro de la misma Compañía. Sin embargo, para pequeñas y medianas empresas intensivas en I+D+i ( PYME innovadora ), será compatible incluso para el mismo personal. Existen 7.500 PYMES innovadoras en España

¿Sabes si tu empresa es considerada Pyme Innovadora? Contacta con GAFIC para saber si lo eres.